Garantías del Contratista

En el caso de que sea una Obra de cierta entidad.

LA DOCUMENTACIÓN IMPRESCINDIBLE QUE APORTARA EL CONTRATISTA:

  •  Escritura de constitución:

            a) Inscrita en el registro mercantil.

            b) La persona que firma el contrato de ejecución, aparece como apoderada.

                En caso que la persona que firma el contrato no aparezca en la escritura original,

                se aportará la escritura de apoderamiento, mediante la cual la empresa 

                otorga poder, autoridad y responsabilidades a la persona que firma.

  •  Certificado registro R.E.A. “Registro de Empresas Acreditadas para la construcción"
  •  Alta de la sociedad en la Seguridad Social.
  •  C.I.F.
  •  Alta en el I.A.E. y el recibo vigente pagado (Impuesto de Actividades Económicas).

        (Existen algunas excepciones y exenciones por el que puede estar exento)

  •   Certificado de la T.G.S.S. de estar al corriente del pago de cuotas a la Seguridad Social.

         (A los efectos de las garantías del artículo 42 del estatuto de los trabajadores)

  •  Certificado de encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias, “Validez

        máxima 12 meses”. (En virtud del artículo 43.1 f de la LGT)

  •  Listado de personas que van a trabajar en la obra. y de cada uno de ellos:
  1. Parte de Alta en la Seguridad Social, de cada trabajador.
  2. Últimos TC1 y TC2. (En caso que estén dados de alta desde hace más de 1 mes)
  3. En caso de trabajadores no pertenecientes a la Unión Europea. Se prsentará permiso de residencia y trabajo en España.
  4. Acreditación de que todos los trabajadores han recibido la formación en prevención de riesgos laborales, requerida para su puesto de trabajo.
  5. Diplomas de la formación básica y específica por puesto de trabajo. (O documento acreditativo de poseerla).
  6. Certificado médico de aptitud de cada trabajador para su puesto de trabajo.
  7. Recibí firmado (Uno por trabajador) con una relación de todos los elementos de protección Individual recibidos.
  8. Póliza de Seguro de Convenio colectivo y recibo de estar al corriente de pago. (Muerte o incapacidad absoluta de los trabajadores) Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y recibo de estar al corriente de pago.
  9. Contrato y recibo en vigor con la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  10. Contrato y recibo en vigor con el Servicio de Prevención de accidentes laborales, o acreditación de la modalidad elegida en materia de prevención de riesgos laborales.
  11. Nombramiento por parte de la empresa del trabajador designado como responsable de seguridad.

Hemos tratado de simplificar de una manera práctica la documentación que La Empresa Constructora presentará en el momento de contratar y/o iniciar los trabajos. Esta es la mínima imprescindible que un cliente debe recibir, lo cuál le asegura una mínima seriedad y garantía.

El simple hecho de entregar al cliente esta documentación, garantiza al cliente un contrato que ofrece  la garantía para la ejecución cumpliendo la Normativa vigente. Hoy en día, pocas Empresas puede entregarle un CD, con toda la documentación anterior en el momento de contratar ala obra, por lo general no se prsenta copleta y si se solicita deberan prepararla lo que implicaría seguramente esperar un mes hasta recibirla.